Instituto Social de las Fuerzas Armadas - Sede Electrónica

Alta inicial (Hermanos mayores de edad)

Iniciar trámite

Objeto del trámite

Permite a los titulares solicitar el alta inicial de hermanos mayores de edad, como beneficiarios de la acción del ISFAS.

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Quién puede solicitarlo

El Titular del ISFAS en situación de alta.

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Requisitos para ser beneficiario

Requisitos necesarios para adquirir la condición de beneficiarios:

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¿Requiere certificado digital?

Será necesario, para identificación del solicitante y autenticación de su actuación, que el titular emplee alguno de los certificados digitales que se enumeran en el apartado “Certificados digitales admitidos” de la información general de la Sede Electrónica.

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Documentación requerida

Una vez validada la presentación telemática de su solicitud, dispone de un plazo inicial de 10 días naturales para presentar la documentación que debe acompañarla (en caso de que no se haya adjuntado en formato electrónico). Unidos de un ejemplar impreso del justificante de la solicitud telemática, podrá aportarlos presencialmente en cualquiera de nuestras oficinas (consultar apartado "Mi Delegación"), mediante correo postal dirigido a su delegación del ISFAS, en las oficinas de registro de los órganos integrados en la Administración General del Estado, incluso del ISFAS.

Los documentos que debe presentar son:

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Consideraciones

Todos los beneficiarios nacionales mayores de 14 años deberán acreditar sus datos de identificación personal (DNI), con motivo de la primera alta.

Los beneficiarios extranjeros deberán acreditar sus datos de identificación personal con motivo de la primera alta, en primera instancia mediante fotocopia compulsada del pasaporte, y a través del NIE tan pronto dispongan de él.

El ISFAS podrá solicitarle nueva documentación cuando sea necesario para resolver el expediente de su solicitud.

Con el propósito de evitarles, en lo posible, situaciones inconvenientes a sus intereses, se recuerda la obligación que tiene el Titular de comunicar directamente al ISFAS las variaciones de las circunstancias personales y familiares, en especial de aquellas que determinan la extinción o suspensión del derecho a disfrutar de los beneficios de nuestra actividad, y consiguientemente pudieran derivar en la solicitud de reintegro de prestaciones.

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Normativa aplicable

Para mayor información, puede consultar los siguientes documentos:

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